Las
Ordenanzas Municipales de
Ribadavia de 1594 ya
determinaban los lugares y
parroquias que podían producir y
vender vino del Ribeiro y
en que lugar exacto de mercado
debía situarse, qué operaciones
de manipulación estaban
permitidas y que sanciones
tendrían quienes contravenían
dicha Ordenanza.
Dichas Ordenanzas son un
precedente de los Reglamentos de
los actuales Consejos
Reguladores. La Organización
Mundial de la Propiedad
Intelectual reconoce estas
ordenanzas como los primeros
indicios de protección de una
indicación geográfica en el
derecho español.
En 1932 la Denominación de
Origen Ribeiro queda
protegida con la publicación del
Estatuto del Vino que fue
elevado a ley el 26 de mayo de
1933.
Posteriormente se constituiría
el Consejo Regulador mediante
la orden del 6 de diciembre
de 1956 siendo aprobado el
primer Reglamento del Consejo
Regulador del Ribeiro en 1957,
rigiéndose actualmente por un
segundo reglamento del 2 de
febrero de 1976. Este reglamento
fue modificado mediante la
Orden del 19 de Abril de 2004
publicada en el Diario Oficial
de Galicia el 28 de Abril de
2004, para incluir como producto
amparado el Vino Tostado do
Ribeiro, un vino
naturalmente dulce, en base a su
histórica elaboración en esta
denominación de origen y siendo
un producto que se enmarca
dentro de una de las máximas
expresiones de los grandes vinos
del Ribeiro.
Sus principales objetivos
son amparar y proteger los
productos de esta zona vitícola
así como fomentar y controlar
la calidad de los mismos,
la defensa de la denominación,
la aplicación de su reglamento y
la vigilancia de su cumplimiento,
así como la promoción y el
fomento de la comercialización.
El Consejo Regulador
controla todas las fases de
producción de los vinos acogidos
garantizando al consumidor las
condiciones organolépticas y
físico-químicas del producto
mediante la correspondiente
precinta de denominación de
origen.
Los objetivos
• La
mejora continua de la calidad total de
nuestro producto, fomentando la
diferenciación y la conservación de
nuestras características propias sin
perder la necesaria evolución técnica.
• Resolver problemáticas como fue
en su momento amparar como producto de
extrema calidad el vino naturalmente
dulce "Tostado do Ribeiro" siendo este
el primero y único en España de sus
características.
• La ampliación de los actuales
mercados de venta y la generación de
nuevos mercados principalmente
mercados exteriores.
• Continuar con la potenciación de
las peculiares y representativas
variedades autóctonas del Ribeiro,
con investigación, reconversión y
reestructuración del viñedo.
• La adaptación a las nuevas
estructuras legislativas vitivinícolas.
• La reforma del actual reglamento de
la Denominación de Origen y del Consejo
Regulador.
Organigrama
PRESIDENTE
D. Luis Anxo Rodríguez Vázquez
VICEPRESIDENTE
D. Antonio Álvarez Alberte
VOCALES
VITICULTORES
D. Xurxo Álvarez Pérez (S.L.G.)
D. Alejandro Lodeiro Rodríguez (UU.AA.)
D. Juan Emilio Aparicio Estévez (XX.AA.)
BODEGAS - 400.000 L
B. Rey Lafuente S.L.
BODEGAS + 400.00 L
B. Docampo S.A.
B. Campante S.A.
COOPERATIVAS
Vitivinícola do Ribeiro, S.C.G.
D. José María Casas Amil
COSECHEROS
B. Merencio S.L.
V. TECNICO
D. Xosé Rodríguez Cid
SECRETARIO
D. José Ángel Martínez Rodríguez
DPTO.
TÉCNICO
DPTO. DE
PROMOCIÓN
ADMINISTRACIÓN
D. Pablo Vidal Rodríguez (D. Técnico)
D. Luis Serafín Estévez Estévez
D. Juan Manuel Posada Curros Buendía
D. Xoan Casiano Rego Ribeiro
Dna. Erika Domínguez Laiño
Dna. Marta Fernández Vazquez
D. Serafín Rodríguez Durán
Dña. Mª Magdalena Janeiro Vázquez
Contacto
Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeiro Calle Salgado Moscoso, 11 - 32400
Ribadavia – Ourense – Galicia – España
Presidente:
Luis Anxo Rodríguez Vázquez Secretario:
José Ángel Martínez Rodríguez Departamento
Técnico: Pablo Vidal Rodríguez
(Director Técnico) Departamento
de Promoción, Publicidad y Comunicación:
Erika Domínguez Laiño y Xoan Casiano Rego Ribeiro
(promocion@ribeiro.es )